Conoce todos los requisitos para pensionarse en el IMSS 

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Conoce todos los requisitos para pensionarse en el IMSS

Al querer pensionarte en el IMSS necesitas cubrir ciertos requisitos, los cuales te dan el derecho a realizar tu trámite, estos dependen del régimen al cual pertenezcas, ya sea al de la ley 73 o la ley 97.

Si no sabes a qué régimen perteneces, es muy fácil saberlo, si laboraste o cotizaste en el IMSS antes del 1 de julio de 1997 perteneces al régimen de la ley 73 y si cotizaste después o el 1 de julio de 1997 perteneces al régimen de la ley 97.

Conoce todos los requisitos para pensionarse en el IMSS  por cada ley 

Al amparo del Régimen de la Ley del Seguro Social 1973

  • Tener cotizadas 500 semanas.
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    Estas semanas solo te darán derecho al trámite, este no será aceptado si como mínimo no tiene esta cantidad de semanas cotizadas. 

    Después de las 500 semanas empiezas a incrementar anualmente (cada 52 semanas) el monto de la pensión.

  • Tener mínimo 60 años cumplidos.
  • Al llevar a cabo el trámite a los 60 años será pensionado por cesantía, por cesantía queremos decir que sea cancelado o revocado tu contrato y necesitas pensionarte.

    Si realizas el trámite por cesantía no se te dará el 100% de la pensión, hasta que cumplas los 65 años.

    Al realizarlo a los 65 años será por vejez y se te dará el 100% de la pensión.

  • Tener vigencia en la conservación de derechos.
  • Los derechos permanecen vigentes una cuarta parte del tiempo que tiene de cotización, por ejemplo, si trabajaste 20 años, tendrás 5 años para seguir con este trámite.

    El tiempo empieza a partir de que te han despedido o estás dado de baja.

    Si después de ese tiempo no efectúas el trámite, tendrá que volver a cotizar 60 semanas para reactivar tus derechos.

  • No deberás tener trabajo remunerado y debes dejar de cotizar para el IMSS.
  • Recuerda que para hacer este trámite deberás estar dado de baja del IMSS y no tener un trabajo formal remunerado.

    Este régimen te otorga como pensión el sueldo promedio en las últimas 250 semanas cotizadas. Si realizaste el trámite por cesantía se te dará el 75% y aumentará hasta el 100% cuando cumplas los 65 años.

    PLUS de este régimen:

  • Aumento anual de la pensión en el mes de febrero.
  • Servicio médico al pensionado y a los familiares.
  • 15% más por asignación familiar, si tiene esposo, esposa o asistencia personal.
  • 10% más si tiene hijos menores de 25 años y que esté estudiando en el régimen educativo.
  • Al amparo del Régimen de la Ley del Seguro Social 1997

  • Tener cotizadas 775 semanas (2022).
  • Estas semanas solo te darán derecho al trámite, este no será aceptado si como mínimo no tiene esta cantidad de semanas cotizadas. 

    Después de las 775 semanas empiezas a incrementar anualmente (cada 52 semanas) el monto de la pensión.

    Se incrementará el número de semanas hasta llegar a las 1000 semanas.

  • Tener mínimo 60 años cumplidos.
  • Al llevar a cabo el trámite a los 60 años será pensionado por cesantía y al realizarlo a los 65 años será por vejez.

  • Tener vigencia en la conservación de derechos.
  • Los derechos permanecen vigentes una cuarta parte del tiempo que tiene de cotización, por ejemplo, si trabajaste 20 años, tendrás 5 años para realizar este trámite.

    El tiempo empieza a partir de que te han despedido o estás dado de baja.

    Si después de ese tiempo no efectúas el trámite, tendrá que volver a cotizar 60 semanas para reactivar tus derechos.

  • No deberás tener trabajo remunerado y debes dejar de cotizar para el IMSS.
  • Recuerda que para hacer este trámite deberás estar dado de baja.

    Este régimen te otorga como pensión todo el dinero que lograste acumular en tu AFORE 

    Si cumples con los requisitos acude a tu AFORE para tramitar tu pensión por cesantía o vejez, ellos te asesorarán y realizar el trámite a través del servicio de ventanilla única, una vez que tengas tu número de folio, ve al IMSS con los siguientes documentos:

    Conoce todos los requisitos para pensionarse en el IMSS y los documentos que necesitaras:

  • Identificación oficial vigente.
  • Documento que tenga tu número de seguridad social expedido por el IMSS, INFONAVIT o AFORE.
  • Acta de nacimiento certificada original y copia.
  • Comprobante de domicilio no mayor a 3 meses.
  • CURP.
  • RFC con homoclave.
  • Estado de cuenta de AFORE no mayor a 6 meses.
  • Cuenta bancaria a su nombre con clave interbancaria.
  • Si cuentas con beneficiarios, deberán presentar los requisitos del trámite de asignación familiar (documentación de esposo(a), hijos(as) y/o padres).

    *OJO, todos los documentos tienen que tener exactamente iguales todos los datos y tienen que presentarse completos* 

    El plazo de resolución es de aproximadamente un mes, cuando el trámite termine te darán un documento en el cual se te indique la cantidad de pensión de acuerdo al régimen al que perteneces, la fecha y la hora para recibir tu dinero. 

    Si no cumples con los requisitos para obtener la pensión, se te dará una negativa con la cual podrás retirar el saldo total de tu cuenta individual en una sola exhibición. 


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