¿Cómo saber si ya me puedo pensionar ante el IMSS?

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Lo primero que piensas al llegar a la edad adulta es en tu pensión. La cantidad que recibirás, la frecuencia de pagos, los trámites que debes realizar para solicitarla y un sin fin de preguntas. Sin embargo, poco se piensa en el momento exacto para jubilarse.

Entonces, ¿cómo sé si ya me puedo pensionar? Hay que tomar en cuenta la siguiente información.

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) maneja dos leyes para la pensión, con requisitos y beneficios diferentes entre ambas. Una de ellas es la ley antigua o ley 73 y la otra es la ley nueva o ley 97.

Para conocer a cuál de las dos perteneces, puedes consultar tu régimen mediante tu Número de Seguro Social (NSS) en el segundo par de números, mismo que corresponde al año en el que iniciaste a cotizar tus semanas ante el IMSS.  

como saber si me puedo pensionar

*También en un Estado de Cuenta de tu Afore lo puedes localizar.

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Dentro de las diferencias que hay entre una ley y otra, las personas que se encuentran aseguradas por el régimen 73 aún conservan el derecho a recibir un monto de pensión de manera vitalicia, por otro lado, en el régimen 97 los cuentahabientes únicamente recibirán los fondos de su Afore al jubilarse.

Es importante tener conocimiento sobre tu régimen porque deberás cumplir los requisitos que solicita para tener derecho a tramitar tu pensión. 

Para la ley 73 son: 

  • Tener cotizadas un mínimo de 500 semanas ante el IMSS. En caso de tener un número mayor, tu pensión será mayor.
  • Tener vigente tu Constancia de Derechos. Al darte de baja del IMSS, tienes una cuarta parte del tiempo que cubren tus semanas cotizadas para realizar el trámite de tu Solicitud de Pensión. 
  • Haber cotizado tus semanas antes del 1 de julio de 1997.
  • Ya no trabajar formal ni remuneradamente al momento de tramitar tu pensión, además de notificar tu baja laboral ante el IMSS.
  • Tener cumplidos 60 años de edad para solicitar la Pensión por Cesantía o 65 años para solicitar la Pensión por Vejez.
  • Para la ley 97 son: 

  • Tener cotizadas un mínimo de 1000 semanas ante el IMSS. Cada año se incrementarán 25 semanas como requisito para pensionarse hasta llegar a un total de 1,000 semanas en 2031.
  • Tener vigente tu Constancia de Derechos.
  • Haber cotizado tus semanas después o a partir del 1 de julio de 1997.
  • Ya no trabajar formal ni remuneradamente al momento de tramitar tu pensión, además de notificar tu baja laboral ante el IMSS.
  • Tener cumplidos 60 años de edad para solicitar la Pensión por Cesantía o 65 años para solicitar la Pensión por Vejez.
  • Ahora bien, es importante que tengas conocimiento del porcentaje que te tocaría de pensión en caso de retirarte por Cesantía en edad avanzada. Al hacerlo, mediante esta modalidad, se te otorgará una pensión menor al 100%, la cual se calcula de acuerdo a un porcentaje sobre el monto que obtendrías al llegar a los 65 años de edad. 

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    Si la jubilación la tomas a los 60 años, únicamente se te otorga el 75% de tu pensión. Sucesivamente, al cumplir un año más de edad, se incrementa un 5% al porcentaje de tu pensión hasta llegar al 100%, que sería a los 65 años. 

    Para determinar el monto de tu pensión, se toma en cuenta el salario diario promedio de tus últimos 5 años laborados (250 semanas cotizadas aproximadamente) y tu nivel salarial.

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    Al tener conocimiento de esta información, sabrás que puedes pensionarte a partir de los 60 años y teniendo el mínimo de semanas cotizadas que solicita el régimen al que estás afiliado ante el IMSS.

    El estado de salud juega un papel importante en la decisión de jubilarse. Debes considerar tu nivel de movilidad, estilo de vida y demás capacidades fisiológicas para tomar la mejor elección sobre la edad y el monto que recibirás de pensión. 

    Quizá haya personas que buscan una cantidad elevada y habrá otras más que disfrutan de pensionarse a temprana edad, sin importar el porcentaje de pensión que les corresponde. Lo importante es disfrutar del retiro de la forma que creas mejor reconfortante para ti y tus seres queridos.


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